PBX: (+57) 7 6977858

 

Generar un contexto social participativo, solidario y cooperativo; citando a Comparta EPS como una legitima expresión de comunidad en su deber de la racional y pertinente utilización social y económica de los recursos disponibles para el aseguramiento de la calidad de vida de la población vulnerable.

 

Comparta EPS  legitima expresión de comunidad en su deber de la racional y pertinente utilización social y económica de los recursos disponibles.

FUNCIONES Y DEBERES

 

Según el Artículo 4 de los Estatutos Sociales:

La Cooperativa tendrá como objetivo fundamental garantizar y organizar la prestación de servicios incluidos en el Plan de Beneficios en Salud - PBS, definido por el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud producto de la Administración de Recursos del Régimen Subsidiado. 
Así mismo, satisfacer las necesidades de los asociados, promoviendo la organización de la comunidad de escasos recursos, para lograr la accesibilidad a los servicios de Salud, Educación, Generación de Ingresos, Recreación y Asistencia Técnica en el desarrollo de sus actividades sociales, para establecer una relación armoniosa con el medio ambiente físico y natural, expandir los recursos comunitarios para mejorar la convivencia, desarrollar la solidaridad, la cogestión social y la democracia impulsando un modelo de salud más preventivo generador de salud y bienestar, que supere el costoso enfoque de la atención de la enfermedad.

 

Para su autorización, habilitación y permanencia como Empresa Promotora de Salud, Comparta EPS-S ha de cumplir las condiciones descritas en el  Decreto 682/18 reglamentadas en la Resolución 2515/18.